Parece que el affaire en torno a la radio australiana que hizo la bromas sobre Catalina de Cambridge ha acabado con la suspensión del espacio.
Recordar que dos locutores del programa de radio “Hot 30” llamaron al hospital donde estuvo ingresada la princesa haciéndose pasar por la reina de Inglaterra y el príncipe Carlos. Algo que dada la trascendencia pudo provocar el que la enfermera que atendió dicha llamada, Jacinta Saldanha, de 46 años, se suicidase días después.
Este hecho hizo que las autoridades del país abriesen una investigación por una posible violación de los requisitos de su licencia y las normativas vigentes para las radios comerciales.
Ahora que parece que el tema queda «zanjado» y dado que esto de las «bromitas radiofónicas» es algo habitual por estos lares convendría recordar que en Andalucía y tras recibirse varias quejas en la Oficina de Defensa de la Audiencia en torno a este tema de las bromas telefónicas que en algunos programas de radio proliferan. El Consejo Audiovisual de Andalucía aprobó unas recomendaciones dirigidas a los locutores que practican este tipo de radio.
Para ello se basaron en un estudio que se realizó escuchando un total de 32 programas que practican este tipo de sección entre el 11 y el 15 de junio de 2012 en diversas cadenas, llegándose a la conclusión de que este tipo de «bromas» incluyen contenidos que pueden «perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores, vulnerar el derecho a la intimidad de las personas, fomentar actitudes sexistas y quebrantar los derechos de colectivos que, por su edad o dificultades de comprensión, se encuentran especialmente desprotegidos».
En el análisis se tuvieron en cuenta las dos modalidades básicas, las llamada al azar y las que ya están pactadas con algún «amigo» de la víctima.
El estudio incide en el derecho a la intimidad de las personas, algo que muchas veces no es tenido en cuenta ya que la broma se emite en todos los casos estudiados sin la autorización del afectado.
La gravedad del asunto conlleva en muchos casos «engaños, intimidaciones, amenazas provocadoras (como la de entrar en su cuenta bancaria), acusaciones directas, introducción de datos personales facilitados por los ‘ganchos’, referencias verbales vejatorias, humillación, insulto o desprestigio de las personas que se convierten en objetivo de la llamada».
El estudio muestra su preocupación por la receptiva actitud de los adolescentes a este tipo de prácticas y recuerda que un medio de comunicación «nunca puede incitar al odio o a la discriminación por razón de género, que debe respetar los valores constitucionales y contribuir a erradicar la desigualdad entre hombres y mujeres».
Un buen toque ante este tipo de programa «facilón» al que muchas emisoras nos tienen acostumbrados.
Fuente: Consejo Audiovisual de Andalucía